DIAPOSITIVAS
VIDEO:
INTRODUCCION
El presente trabajo trae consigo un análisis acerca
del Tráfico Ilícito de Drogas en el Perú, el cual se ha estado manifestando
como una problemática debido a que el surgimiento del consumo excesivo traería
consigo muchas dificultades no solo en la salud sino también en que se van
sumando muchas personas a este tipo de afición por consumir drogas.
Es por ello que se abarcaran puntos conceptuales que
puedan dar una noción general acerca de lo que tratara el trabajo asimismo se
muestra su legislación actual, así como también las estadísticas de cómo se
encuentra el país emergente en esta situación y como hemos ido desarrollando,
por otra parte, también está su rentabilidad el cual se manifiesta por ser
grandes productores, aunque su accesibilidad legal podría ser un tanto costosa,
con respecto a las recomendaciones que
va servir de apoyo para contrarrestar o
disminuir el tráfico ilícito de drogas.
EL
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS DESDE UNA PERSPECTIVA CRIMINOLOGICA EN EL PERÚ
1. CONCEPTUALIZACION:
A. ACTIVIDAD
DELICTIVA:
Pueden considerarse como la consecuencia de un
conjunto de factores que incluyen tanto condiciones económicas y sociales como
factores psicológicos.
B. DROGAS:
Es una sustancia que se
utiliza con la intención de actuar sobre el sistema nervioso con el fin de
potenciar el desarrollo físico o intelectual, de alterar el estado de ánimo o
de experimentar nuevas sensaciones, y cuyo consumo reiterado puede crear dependencia
o puede tener efectos secundarios indeseados.
Esto provoca cambios que
pueden afectar a la conducta, el estado de aniño o la percepción. Además su
consumo puede comportar (CATALUNYA, 2017):
·
Dependencia
psicológica. Se produce cuando la persona tiene necesidad de consumir la droga
para experimentar un estado de placer o para evitar un cierto malestar
afectivo.
·
Dependencia física.
Cuando el organismo se ha habituado a la presencia de la droga y necesita esta
sustancia para funcionar con normalidad
·
Tolerancia. Cuando es
necesario aumentar la dosis de una droga de consumo habitual para conseguir los
mismos efectos que se obtenían con dosis más pequeñas.
C. TRAFICO
ILICITO DE DROGAS:
El tráfico de drogas es un comercio ilícito mundial
que incluye l cultivo, la fabricación, la distribución y la venta de sustancias
que están sujetas a leyes que prohíben drogas.
Además, es calificado
comúnmente como narcotráfico. Po lo tanto “podemos definir el “(…) tráfico
ilícito de drogas como aquella actividad ilícita que promueve, favorece o
facilita el consumo ilegal de drogas toxicas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas, mediante actos de fabricación, comercialización o tráfico de
estas sustancias.” (Ruda, 2009)
D. CRIMEN
ORGANIZADO:
Es un fenómeno que
contempla un conjunto de actividades delictivas cometidas por una organización
criminal específicamente para ese fin. El crimen organizado controla un
determinado territorio o un eslabón de cadena de valor de un mercado ilegal. Se
caracteriza por usar violencia y la corrupción de diferentes niveles como
medios de operación, no solo en las altas esferas del poder sino también en
aquellos ámbitos burocráticos necesarios para la realización de sus actividades
delictivas.
“También llamado
delincuencia organizada, es todo aquella organización compuesta por un grupo de
personas con determinadas jerarquías, roles y funciones, cuyo principal
objetivo es la obtención de beneficios materiales o económicos mediante la
comisión de delitos.” (organizado, 2018)
Entro los delitos más
comunes perpetrados por el crimen organizado están la trata de personas, el
tráfico de armas y de drogas, la falsificación, los asesinatos y las
extorsiones.
2. CLASES
DE DROGAS-EFECTOS:
Como
ya hemos hecho mención a la definición de drogas es pertinente hablar sobre la
calificación de la misma. Al respecto, podemos decir que existen ciertos
elementos determinantes para clasificarlas, y que a consecuencia de ello no
existe una clasificación homogénea de las drogas. Podemos entonces
clasificarlas en base a los efectos que produce (drogas depresoras,
psicoestimulantes y alucinógenas), en base a su fiscalización (drogas legales e
ilegales), en base a su psicoactividad (fármacos de paz, fármacos de energía y
fármacos visionarios), por último, en base a su procedencia (drogas naturales o
sintéticas).
“No
obstante, las clasificaciones aludidas son un tanto confusas y poco precisas,
ya que se confunden los diversos elementos de las drogas, y sus efectos. Una
misma droga, puede producir efectos diversos, dependiendo de las condiciones
del adicto, de la droga y del consumo” (López, 2015).
Es por ello, que para poder empezar a detallar las clases de drogas esto se
hará dependiendo de su naturaleza y efectos y de aquellas que consideremos como
sustancias ilegales más importantes.
3.1. OPIÁCEOS
Los opiáceos son un amplio grupo de sustancias de
origen natural o sintético, que presentan un efecto sedante,
"inhibidor". Todas las drogas naturales del grupo del opio se
obtienen a partir de semillas de amapola. Los principales opiáceos utilizados
como drogas son: el opio, la morfina y la heroína
§ La
heroína. - Es la droga de opio más común. Junto
con un efecto narcótico muy fuerte y pronunciado, tiene una toxicidad
extremadamente alta y la capacidad de formar rápidamente una dependencia
física. La heroína se fuma, se inhala y se administra por vía intravenosa.
3.1.1. Efectos:
Estas sustancias provocan un estado de euforia,
tranquilidad, paz, y al estar involucrados en procesos metabólicos, conducen a
la rápida aparición de la dependencia mental y física más fuerte. Son
extremadamente destructivos para el cuerpo. La adicción a los opiáceos es muy
difícil de tratar, en la mayoría de los casos es incluso imposible. Esto porque
debido al uso constante, aparece la abstinencia y con la cancelación aumenta la
fatiga, la depresión y la irritabilidad lo que provoca la necesidad de tomar otra
dosis generándose así la dependía de estas sustancias. Junto con las
manifestaciones físicas, se manifestará la degradación de la personalidad:
comportamiento extraño, apariencia desordenada, irresponsabilidad. Por esta
razón, la rehabilitación por adicción a las drogas cubre todos los aspectos. No
basta con eliminar las consecuencias físicas, es necesario lograr la
estabilidad mental. Esto se logra de diversas formas.
3.2. DERIVADOS DE LA COCA
Vienen a ser aquellas sustancias que se extraen del
arbusto coca Erithoxylum,
§ Cocaína.
- Psicoestimulante de origen vegetal
derivado de las hojas de la planta de coca. La adicción se desarrolla de manera
imperceptible, pero constante. Se presenta como un polvo cristalino blanco,
generalmente inhalado a través de un tubo o pajita de una superficie lisa. ,
como vidrio o espejo. El clorhidrato de cocaína es fácilmente soluble en agua,
por lo que no solo se inhala, sino que a veces se inyecta por vía intravenosa o
se ingiere.
3.2.1. Efectos
Provoca una sensación breve pero intensa de euforia
y aumento del rendimiento; estimula el sistema nervioso central; frecuencia
cardíaca rápida, respiración, aumento de la presión arterial, sudoración;
pupilas dilatadas, falta de apetito; actividad excesiva, agitación, ansiedad,
insomnio. Cuando su uso ya es muy avanzado provoca arritmia, sangrado y otros
daños en la cavidad nasal; destrucción de la membrana mucosa y pérdida del
olfato, el gusto; sordera; psicosis paranoide, alucinaciones, agresividad;
muerte por insuficiencia cardíaca o paro respiratorio.
3.3. ALUCINOGENOS
“Los alucinógenos son un conjunto de sustancias
psicoactivas que actúan sobre el sistema nervioso central, alterando la
percepción humana, el pensamiento, el estado de conciencia e incluso el ánimo,
que a veces pueden provocar confusión mental o pérdida de memoria; en
definitiva, que producen alucinaciones o estados de conciencia alterada en uno
o en muchos sentidos, entendiendo por “alucinación” la percepción de cualquier
imagen, objeto o estímulo exterior inexistente, considerado por el individuo
como real”.
3.3.1. Tipos de alucinógenos
§ Alucinógenos
naturales. - son aquellos que se extraen de las
plantas, hongos, setas o animales Por ejemplo están la mescalina, la
psilocibina, la psilocina, la bufoteina, la ayahuasca, entre otras. La
psilocina y la psilocibina son sustancias narcóticas con efecto alucinógeno.
Contenido en hongos. El principal peligro de esta droga es su disponibilidad.
§ Alucinógenos
sintéticos. - En lo que respecta a los
alucinógenos sintéticos encontramos a el LSD Y PCP. El LSD 25 es el alucinógeno
más consumido y extendido, pero también es el que provoca efectos muy intensos
3.3.2. Efectos
Los alucinógenos provocan un aumento de la
frecuencia cardíaca, aumento de la presión, pupilas dilatadas, temblores en las
manos, piel seca. De igual modo produce cambios irreversibles en la estructura
del cerebro, trastornos mentales de diversa gravedad, hasta la completa
desintegración de la personalidad. Incluso una sola dosis de LSD puede cambiar
el código genético y dañar irreversiblemente el cerebro. Los trastornos de
salud mental son indistinguibles de la esquizofrenia. La droga se acumula en
las células del cerebro. Permaneciendo allí durante mucho tiempo, incluso
después de unos meses puede causar las mismas sensaciones que inmediatamente
después de tomarlo.
3.4. DERIVADOS DE CANNABIS
Los derivados del Cannabis provienen de las
sustancias que se extraen de la planta cannabis sativa. “La Cannabis sativa es
una planta que contiene más de 400 componentes químicos, de las cuales se
conocen al menos 60 cannabinoides que son únicos de la especie […]El cannabis
se presenta para su consumo en forma de hachís, que es un exudado resinoso de
la planta, como un triturado seco de flores, hojas y pequeños tallos de la
propia planta triturada (marihuana, maría) y como aceite”
§ La
Marihuana. - obtenida de la trituración de
flores, hojas y tallos secos, posee una concentración de THC entre el 1 y el
5%. Esta droga se fuma en forma de cigarrillos enrollados a mano, así como
también se introduce en pipas y se agrega a la comida.
§ Hachis.
- elaborado a partir de la resina
almacenada en las flores de la planta hembra, tiene una concentración de THC
entre el 15 y el 50%. El nivel de toxicidad del Hachis es más elevado cuando se
ingiere por vía oral
§ Aceite
de hachis: se obtiene de la concentración de hachis
con algún disolvente, presenta una concentración de THC entre el 25 y 50%.
Tiene una alta toxicidad, mucho más potente que el hachis.
3.4.1. Efectos
Los efectos producidos por estas sustancias varían
dependiendo de la dosis, la forma o las circunstancias en las que se consume.
Los síntomas suelen aparecer a los poco minutos de ser consumidas y pueden
prolongarse hasta de dos a tres horas. Algunos de las señales de uso de estas
sustancias que se pueden ver a simple vista son el sentimiento de euforia,
incontinencia, estado de hambre y sed severas o enrojecimiento de los ojos.
Como consecuencia puede producir confusión de pensamientos, frustración, depresión
y sentimientos de aislamiento; deterioro de la coordinación del movimiento, la
memoria y las habilidades mentales; retraso en el desarrollo. Al tomar una gran
dosis de la droga, pueden ocurrir alucinaciones y paranoia; la formación de
dependencia mental, cuando fumar no brinda satisfacción, pero se vuelve
necesario; provocación del uso simultáneo de alcohol y la transición a drogas
más pesadas; causando bronquitis o cáncer de pulmón.
LEGISLACION
PERUANA
NORMAS CONSTITUCIONALES PERUANAS
Constitución Política del Perú 1993
Artículo 2.- DERECHOS FUNDAMENTALES DE
LA PERSONA
Toda persona tiene derecho:
(…) 24. A la libertad y a la seguridad
personales. En consecuencia.
(…) f. Nadie puede ser detenido por
mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en
caso de flagrante delito.
El detenido debe ser puesto a
disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en
el término de la distancia.
Estos plazos no se aplican a los casos
de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las
autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos
implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta
al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de
vencido dicho término.
Artículo 8.- REPRESIÓN AL TRÁFICO
ILÍCITO DE DROGAS El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas.
Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales.
DISPOSICIONES PENALES
A reserva de lo dispuesto en su Constitución,
cada una de las Partes considerará como delito, si se comete intencionalmente,
todo acto contrario a cualquier ley o reglamento que se adopte en cumplimiento
de las obligaciones impuestas por este Convenio y dispondrá lo necesario para
que los delitos graves sean sancionados en forma adecuada, especialmente con
penas de prisión u otras penas de privación de libertad.
No obstante, cuando las personas que
hagan uso indebido de sustancias sicotrópicas hayan cometido esos delitos, las
partes podrán, en vez de declararlas culpables o de sancionarlas penalmente, o,
además de sancionarlas, someterlas a medidas de tratamiento, educación,
postratamiento, rehabilitación y readaptación social, de conformidad con lo
dispuesto en el párrafo 1 del artículo 20.
Artículo 302.- Inducción o instigación
al consumo de droga El que instiga o induce a persona determinada para el
consumo indebido de drogas, será reprimido con pena privativa de libertad, no
menor de dos ni mayor de cinco años y noventa a ciento ochenta días-multa.
Si el agente actúa con propósito de
lucro o si la víctima es persona manifiestamente inimputable, la pena será no
menor de cinco ni mayor de ocho años y de ciento ochenta a
trescientos sesenticinco días-multa.
La publicación guarda por tanto extrema
relevancia. El Perú tiene el beneplácito de acoger tan importante evento el
presente año, teniendo en perspectiva la Sesión Especial de la Asamblea General
de las Naciones Unidas sobre drogas que se llevará a cabo el año 2016.
Confiamos que este libro constituirá un aporte útil para las instituciones en
el ámbito jurídico y social del Estado, para los tomadores de decisión
política, la academia, la sociedad civil, y, en general, para la consciencia
social y jurídica de la Nación.
NORMAS LEGALES NACIONALES
a. Constitución Política del Estado,
Art. N° 8.
b. Decreto Ley Nº 22095 de Febrero 21 de
1978 y sus Modificatorias: Decreto Legislativo 122 y Ley Nº 27634: Ley de
Represión del Tráfico Ilícito de Drogas.
c. Decreto Ley Nº 22370, de Diciembre 5
de 1978, se aprueba la Ley Orgánica de la Empresa Nacional de la Coca ENACO.
d. Decreto Legislativo 635, de Abril 08
de 1991
e. Decreto Legislativo Nº 753 de
Noviembre 8 de 1991.
f. Decreto Ley Nº 25623 de julio 21 de
1992.
g. Ley Nº 26332 de junio 24 de 1994,
incorporan en el Código Penal artículo referido a la penalización de la
comercialización y cultivo de plantaciones de adormidera.
h. Decreto Legislativo Nº 824, Abril 23
de 1996 Ley de Lucha contra el Tráfico ilícito de drogas de Drogas, modificado
por la Ley Nº 28003, establece los objetivos de la Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida sin Drogas y de la Policía Nacional.
i. Ley Nº 26600 del 09 de mayo de 1996.
Sustituye el vocablo narcotráfico por la frase tráfico ilícito de drogas en
diversas leyes y decretos legislativos.
j. Decreto Supremo Nº 004-2000-AG de
Marzo 24 de 2000, Prohíbase el uso de plaguicidas químicos de uso agrícola,
sustancias afines, productos y agentes biológicos en plantaciones de coca
(Erythroxylum coca).
k. Ley Nº 27693, de Marzo 21 de 2002 que
crea la Unidad de Inteligencia 12. MARCO LEGAL 104 Financiera – Perú y sus
Concordancias: D.S. N° 163-2002-EF; R.S. N° 206- 2003-PCM; R. SBS N° 1725-2003;
R. N° 024-2004- UIF y D.S. N° 051-2004- EF.
l. Ley Nº 27765 Ley Penal contra el
Lavado de Activos, de Junio 26 de 2002,
m. Ley No. 27817 de Agosto 13 del 2,002
Ley que Regula la Penalidad de las Formas Agravadas de la
Micro-Comercialización de Drogas.
n. Ley Nº 28305 de Julio 06 de 2004, Ley
de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados. y sus modificatorias
tiene por objeto establecer las medidas de control y fiscalización de los
insumos químicos y productos.
o. Decreto Legislativo Nº 982, Julio 22
de 2007 que modifica artículos del Código Penal, entre ellos el 296º, 296º A,
297º, 298º, 299º y 404º sobre Tráfico Ilícito de Drogas.
p. Decreto Legislativo N° 983 se permite
a los Jueces de la Capital, conocer de los delitos del TID que afecten a
funcionarios del Estado, cuando los delitos ocurran en otra jurisdicción.
q. Decreto Legislativo Nº 986 de Julio
22 de 2007, que modifica la Ley Nº 27765, Ley Penal contra el Lavado de
Activos.
r. Decreto Legislativo N° 992 de Julio
22 de 2007, se promulga la Ley de Pérdida de Dominio.
s. Ley Nº 29037 de Abril 16 de 2008, que
modifica la Ley Nº 28305 Ley de Control de Insumos Químicos y Productos
Fiscalizados.
t. Decreto Supremo Nº 045-2009-EM de
Abril 30 de 2009, Prohíben la venta de Kerosene y Diesel N° 1 y establecen un
Programa de Sustitución de consumo doméstico de Kerosene por Gas Licuado de
Petróleo.
u. Ley Nº 29570 de Agosto 20 de 2010,
Ley que amplía la inaplicabilidad de Beneficios Penitenciarios de Semilibertad
y de Liberación Condicional.
v. Ley Nº 29604 de Octubre 01 de 2010,
Ley que modifica los artículos 46-B y 46-C del Código Penal en lo relativo a
beneficios penitenciarios para diversos delitos; entre ellos, los vinculados
con el TID.
w. Resolución de la Fiscalía de la
Nación N° 1590-2011-MP-FN del 11 agosto 2011, que aprueba el Manual para el
Desarrollo del Plan de Investigación, el mismo que forma parte i n t e g r a n
t e d e l Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el
Ministerio Público y el Ministerio del Interior – PNP.
x. RD. N° 563-2011-DIRGEN-EMG del 19
julio 2011, que aprueba el Manual para el Desarrollo del Plan de Investigación
como material de investigación metodológica para la Policía Nacional del Perú.
y. El Plan Nacional Contra el Lavado de
Activos y el financiamiento al Terrorismo, aprobado el 25 de mayo del 2011.
3. ORGANIZACIONES
CRIMINALES
El
crimen organizado ha proliferado especialmente en la costa norte del Perú, una
de las principales beneficiadas por el crecimiento económico, del que ha
surgido en paralelo. Una de las principales modalidades delictivas de este tipo
de crimen es la extorsión. La aparición de este fenómeno ha alcanzado niveles
tan importantes que ha merecido la respuesta del Estado mediante
“megaoperativos”.
Definir
académicamente el crimen organizado no es tan sencillo como pareciera. Existe
un amplio debate abierto que discute si su definición ha de venir dada por el
actor o actores (who) o por su actividad (what). El Oxford Handbook of
Organized Crime nos brinda importante información sobre este asunto. No
obstante, no siendo éste un debate teórico agotado, resulta importante tomar
alguna definición como referencia.
En
ese sentido, en un marco de reflexión amplio, Jay Albanese ha definido el
crimen organizado del siguiente modo:
“La
delincuencia organizada se ha definido a través del consenso de los académicos
como empresas criminales continuas que trabajan racionalmente para beneficiarse
de actividades ilícitas que a menudo tienen una gran demanda pública. Su
existencia continua se mantiene mediante el uso de la fuerza, las amenazas, el
control del monopolio y / o la corrupción de los funcionarios públicos”
El
crimen organizado es un fenómeno relativamente nuevo en Perú. A efectos legales
se hace necesaria una definición que permita delimitar el fenómeno a sancionar
por la justicia. Por eso, en el año 2013 se promulgó la Ley 30077 contra el
crimen organizado. En esta norma, el fenómeno se define del siguiente modo:
“…
se considera organización criminal a cualquier agrupación de tres o más
personas que se reparten diversas tareas o funciones, cualquiera sea su
estructura y ámbito de acción, que, con carácter estable o por tiempo
indefinido, se crea, existe o funciona, inequívoca y directamente, de manera
concertada y coordinada, con la finalidad de cometer uno o más delitos graves
señalados en el artículo 3 de la presente Ley” (Artículo 2, inciso 1).
Poco
antes de la promulgación de la ley había quienes negaban la existencia del
crimen organizado peruano. Esto es de alguna manera comprensible, por lo poco
estudiado del tema.
Regularmente,
las fuentes de información para estudiar el impacto del crimen están asociados
a las encuestas y los métodos cuantitativos. Existen, por ejemplo, encuestas
sobre comisarías, victimización o empresas, entre otros. Aunque estas
herramientas académicas son importantes aportes, no son el método más adecuado
para abordar un tema como el crimen organizado. No es posible hacer una lista
del tema –al menos no sin las dificultades legales del caso– y no es posible
aplicar una encuesta a sus miembros, por ejemplo.
Consideramos
que el estudio de estos fenómenos es más provechoso por medio de métodos
cualitativos que difícilmente son generalizables pero que brindan una
aproximación más precisa a la dinámica de una organización criminal. En este
punto, los estudios al respecto son muy escasos.
Una
fuente importante de información de estos temas se encuentra en las acciones
que el Estado ha realizado para desarticular algunas de estas organizaciones.
Hace unos años, en Perú se publicó el libro “Megaoperativos (Albanesse 2011),
que da cuenta de la respuesta que ha dado el Estado desde las acciones de la
Policía Nacional del Perú (PNP) a las organizaciones de criminales de mayor
escala entre los años 2015 y 2016.
¿Qué
son exactamente los megaoperativos?
Según
el Ministerio del Interior, un megaoperativo es una operación especial que:
“i)
involucra la acción de un mínimo de unidades policiales; ii) que supone la
participación de unidades de inteligencia, que suministraron la información
necesaria para la planificación de la operación; iii) que cuenta con la
participación del Ministerio Público, para garantizar el respeto de la ley y
los derechos fundamentales de las personas durante la operación; iv) que tenga
por objetivo la persecución de delitos vinculados al crimen organizado (Ley Nº
30077) o terrorismo y que, por lo tanto, permita desbaratar en parte o
completamente a una organización criminal” (Mininter, 2017, p. 13).
La
publicación “Megaoperativos” da cuenta de la actuación de la policía contra 74
organizaciones criminales peruanas de 2015 a 2016, con dos tipos de acciones:
las dedicadas a combatir la delincuencia urbana violenta (38) y las que
desarticulan economías ilegales (36).
Por
economías ilegales se entiende mercados de productos ilícitos que son
comercializados, muchas veces, en mercados internacionales. En Perú estas
economías son esencialmente extractivistas: tala ilegal, minería ilegal y
tráfico ilícito de drogas, entre otros.
Por
delincuencia urbana violenta se entiende aquella que se desarrolla dentro de
contextos urbanos. En el caso peruano se da en ciudades donde el crecimiento
económico ha generado cambios en las dinámicas sociales y comerciales. En este
escenario hay convivencia urbana con el crimen violento.
4. ACCESIBIIDAD
A LAS DROGAS
Para entender acerca de la comparación a nivel de
índice global, se aprecia un artículo acerca de un estudio que realizó
Bloomberg, donde se comprueba acerca de la accesibilidad de las drogas como una
forma de que el consumo sea más factible.
Esta lista de la comparación de un pack, incluye dos
cajetillas de cigarrillos uno popular y uno Premium, alcohol, anfetaminas, cannabis,
cocaína y opioides, asimismo las comparaciones más notables son en los precios,
por tanto, se demostró que mientras en Estados Unidos el pack cuesta cerca de
US$ 399.2, en Perú el precio es de US$51.6, por otra parte, haciendo una
comparación de otros países se observa la
brecha entre el Congo que cuesta cerca de US$19.6 mientras que en
Venezuela asciende a US$ 3,654.4.
La clave es
en los costos de distribución, los 18 países en donde el precio es menor a US$
100 se ubican cerca o son frontera de los principales distribuidores ya que el
gramo de cocaína en República Dominicana cuesta US$5 el cual está muy cerca del
principal productor en el mundo que es Colombia US$4.6 y al segundo, Perú
US$3.7.
Si bien el índice
el Perú se encuentra en el quinto lugar del mundo donde hallar drogas
más baratas, sin embargo se aprecia en cuanto al índice de accesibilidad está
en el puesto 29, y esto es debido a que en el Perú al costar US$51,6 está
gastando cerca del 46.8% de sus ingresos semanales para costearlo, mientras que
en un país como Luxemburgo puede costar
US$259.3 supone solo el 12.7% de la paga semanal.
En tal sentido, cabe aclarar que se promueve el consumo cuando este no se ha iniciado, se favorece cuando se permite su expansión y se facilita cuando se proporciona la droga a quien ya está iniciado en el consumo. Además, es necesario precisar que este acto punible debe estar siempre orientado hacia el consumo ajeno.
Este supuesto es un tipo penal
alternativo, pues comprende varias opciones para la materialización de la
conducta punible, aunque para su tipificación tan solo será necesario que el
sujeto activo realice cuando menos uno de aquellos comportamientos que
constituyen actos de fabricación o tráfico, los cuales podrían ser, según el
artículo 89 de la Ley N.° 22095: reparar, elaborar, manufacturar, componer,
convertir o procesar cualquier sustancia fiscalizada. Debemos indicar que el
tipo subjetivo de este delito requiere el dolo, pues la propia naturaleza del
tráfico ilícito de drogas demanda exigir que la motivación del sujeto activo
sea lucrativa.
5. DATOS
ESTADISTICOS Y ANALISIS
Dentro de nuestro Estado Peruano, tanto la
producción como el tráfico de drogas viene a ser un problema estructural ya que
tiene más de cuarenta años de presencia en el país. “Se ha infiltrado en el
aparato del Estado, en partidos políticos y en el sector privado. Ha acumulado
un stock de capital ilícito de más de 20,000 millones de dólares y se ha
integrado a otras economías ilícitas.” (Presidencia
del Consejo de Ministrios del Perú, 2017)
Tomando en cuenta que cada día evoluciona y se
adapta para actuar desapercibida frente a las condiciones que se presentan en
el entorno tanto a nivel nacional como internacional, se estima que por los
diversos territorios ocurre el desplazamiento de la materia prima de la coca,
ya sea por medio terrestre, marítimo, fluvial y aérea, utilizando diferentes
modalidades para la exportación y financiamiento de ellas. Los participantes
son relacionados con cárteles, clanes familiares, firmas regionales y locales,
formando un crimen organizado, ahora bien, el Estado no posee la misma
flexibilidad debido a los procesos burocráticos por los cuales debe de recurrir
como el planteamiento estratégico, la definición de planes operativos y
asignación de recursos y fondos para enfrentar el Tráfico Ilícito de Drogas,
debido a la lentitud para la implementación de las acciones.
Así
pues, se tiene presente las siguientes estadísticas relacionadas con el consumo
y el tráfico ilícitos de drogas dentro de nuestro Estado Peruano.
Personas
detenidas por Tráfico Ilícito y Consumo de Droga
Como
vemos en la siguiente tabla siendo ejecutada por el Ministerio del Interior,
observamos la clasificación de los agentes por su sexo biológico las cuales han
sido intervenidas, en 1988 en el caso de los hombres, la cantidad presentada es
mayor a los 1000 agentes involucrados de su género, pero por otra parte las
agentes femeninas no alcanzan una cantidad mayor a 500 mujeres.
Sin
embargo, siguiendo los registros de la tabla, en el caso de las mujeres el
punto máximo fue cerca de 2090 involucradas en el 98, los hombres tuvieron su
punto alto en el año 2000, con 16,257 involucrados, ya los años siguientes se
vio una considerable reducción. En el año 2019 los hombres son más de 10 mil
personas y las mujeres superan los 1000, según los registros del Instituto
Nacional de Estadística e Informática en el Perú. (INEI )
PERSONAS DETENIDAS POR TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE
DROGA, 1988-2019 |
|||
(Personas) |
|||
Años |
Total |
Hombre |
Mujer |
|
|||
1988 |
2 347 |
2 064 |
283 |
1989 |
1 225 |
989 |
236 |
1990 |
1 511 |
1 217 |
294 |
1991 |
1 724 |
1 374 |
350 |
1992 |
3 796 |
2 462 |
1 334 |
1993 |
5 021 |
4 556 |
465 |
1994 |
6 565 |
5 826 |
739 |
1995 |
10 709 |
9 634 |
1 075 |
1996 |
12 189 |
10 917 |
1 272 |
1997 |
14 319 |
12 829 |
1 490 |
1998 |
17 186 |
15 096 |
2 090 |
1999 |
15 577 |
13 706 |
1 871 |
2000 |
17 986 |
16 257 |
1 729 |
2001 |
13 343 |
12 056 |
1 287 |
2002 |
13 158 |
12 106 |
1 052 |
2003 |
12 234 |
11 130 |
1 104 |
2004 |
10 144 |
8 832 |
1 312 |
2005 |
11 259 |
9 945 |
1 314 |
2006 |
6 944 |
6 210 |
734 |
2007 |
9 900 |
8 900 |
1 000 |
2008 |
12 332 |
11 030 |
1 302 |
2009 |
12 754 |
11 444 |
1 310 |
2010 |
8 959 |
8 205 |
754 |
2011 |
9 843 |
9 159 |
684 |
2012 |
12 227 |
11 361 |
866 |
2013 |
10 455 |
9 720 |
735 |
2014 |
11 130 |
10 359 |
771 |
2015 |
13 625 |
12 812 |
813 |
2016 |
13 259 |
12 464 |
795 |
2017 |
13 174 |
12 313 |
861 |
2018 |
11 137 |
10 253 |
884 |
2019 |
12 817 |
11 745 |
1 072 |
|
|
|
|
Fuente: Ministerio del Interior (MININTER) - Oficina de Planeamiento y
Estadística. |
Intervenciones
por Tráfico Ilícito de Droga por Departamentos
La
capital de Lima en el año 2010 ocupo el primer puesto de los casos registrados
en las intervenciones por TID. Ica a pesar de tener un número mucho menor ocupa
el segundo lugar, a comparación de Tacna, que ni superaba los 100 casos
registrados, y de igual forma en el año 2019 tuvo una reducción de una décima
de casos registrados, contando con 76 de estos.
INTERVENCIONES
POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGA, SEGÚN DEPARTAMENTO, 2010 - 2019 |
||||||||||
(Casos registrados)
|
||||||||||
Departamento |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
2014 |
2015 |
2016 |
2017 |
2018 |
2019 |
|
||||||||||
Total |
3 557 |
3 799 |
3 120 |
2 696 |
2 623 |
2 951 |
5 531 |
3 661 |
4 881 |
4 633 |
|
||||||||||
Amazonas |
10 |
14 |
30 |
17 |
19 |
34 |
45 |
16 |
39 |
28 |
Áncash |
153 |
58 |
51 |
48 |
67 |
131 |
254 |
120 |
137 |
132 |
Apurímac |
58 |
44 |
69 |
38 |
20 |
15 |
57 |
81 |
31 |
48 |
Arequipa |
23 |
23 |
29 |
73 |
22 |
7 |
61 |
107 |
40 |
78 |
Ayacucho |
233 |
280 |
199 |
170 |
161 |
156 |
257 |
305 |
440 |
453 |
Cajamarca |
26 |
10 |
20 |
35 |
19 |
48 |
42 |
43 |
45 |
36 |
Prov. Const. del Callao |
… |
… |
… |
… |
… |
… |
870 |
296 |
435 |
407 |
Cusco |
65 |
147 |
246 |
76 |
105 |
122 |
168 |
113 |
282 |
260 |
Huancavelica |
12 |
11 |
10 |
- |
1 |
2 |
6 |
9 |
26 |
14 |
Huánuco |
232 |
285 |
132 |
184 |
194 |
138 |
196 |
148 |
424 |
390 |
Ica |
177 |
93 |
145 |
125 |
99 |
76 |
173 |
184 |
212 |
188 |
Junín |
165 |
120 |
167 |
118 |
84 |
96 |
127 |
105 |
178 |
161 |
La Libertad |
115 |
90 |
131 |
96 |
169 |
139 |
264 |
129 |
197 |
143 |
Lambayeque |
38 |
28 |
48 |
82 |
92 |
59 |
123 |
64 |
73 |
86 |
Lima 1/ |
1 646 |
1 807 |
1 267 |
1 008 |
966 |
1 263 |
1 925 |
957 |
642 |
700 |
Loreto |
82 |
86 |
77 |
89 |
80 |
129 |
123 |
97 |
119 |
338 |
Madre de Dios |
29 |
26 |
22 |
28 |
18 |
19 |
72 |
42 |
33 |
47 |
Moquegua |
11 |
15 |
16 |
32 |
14 |
14 |
13 |
11 |
13 |
28 |
Pasco |
13 |
4 |
8 |
28 |
10 |
11 |
20 |
26 |
377 |
120 |
Piura |
70 |
71 |
86 |
101 |
146 |
157 |
176 |
335 |
109 |
129 |
Puno |
91 |
109 |
102 |
88 |
52 |
67 |
111 |
100 |
79 |
249 |
San Martín |
90 |
196 |
77 |
113 |
89 |
62 |
130 |
137 |
399 |
116 |
Tacna |
86 |
47 |
61 |
55 |
58 |
48 |
59 |
56 |
66 |
76 |
Tumbes |
32 |
25 |
28 |
12 |
34 |
39 |
113 |
99 |
62 |
54 |
Ucayali |
100 |
210 |
99 |
80 |
104 |
119 |
146 |
81 |
423 |
352 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Nota: El sector no tiene incorporada la
desagregación en Provincia de Lima y Región Lima. |
||||||||||
1/ Incluye: Provincia Constitucional del Callao,
hasta el año 2015. |
|
|
|
|
|
|
|
|||
Fuente: Ministerio del Interior (MININTER) - Oficina
de Planeamiento y Estadística. |
6. RECOMENDACIONES
Muchas personas miran que el
abuso de drogas es estrictamente como un problema social. Padres, adolescentes,
adultos mayores entre otros. Tienden a describir a las personas que usan drogas
como personas moralmente débiles o que tienen tendencias criminales. “Creen que
las personas que abusan de las drogas deben ser capaces de dejar de usarlas si
están dispuestos a modificar su comportamiento.”
Estos mitos no sólo han
creado estereotipos de las personas que tienen problemas relacionados con las
drogas, sino también de sus familias, sus comunidades y de los profesionales de
salud que trabajan con ellos.
El abuso de las drogas comienza, cuando un individuo decide
conscientemente usarlas. Pero la adicción no es solamente "mucho uso de
drogas". Por otro lado, su uso excesivo interfiere con el funcionamiento
normal del cerebro al crear fuertes sentimientos de placer, también tienen
efectos duraderos sobre el metabolismo y la actividad del cerebro. En algún
momento, ocurren cambios en el cerebro que pueden convertir al abuso de drogas
en adicción, una enfermedad crónica y recurrente. Los drogadictos sufren de
ansias y uso compulsivo de la droga, y no pueden dejar de usarla por sí mismos.
Necesitan un tratamiento para poder terminar con este comportamiento
compulsivo.
Por lo que se debe (MULTILATERAL, 2020):
·
Establecer y fortalecer
las Autoridades Nacionales sobre Drogas, situándolas en un alto nivel político,
con la misión de coordinar la planificación e implementación efectiva de las
políticas nacionales sobre drogas.
·
Diseñar, implementar,
fortalecer y actualizar estrategias y políticas nacionales sobre Drogas con
base en la evidencia.
·
Explorar los medios
para ofrecer tratamiento, rehabilitación y reinserción social a los infractores
de la ley pena dependientes de drogas, como medida alternativa a su persecución
penal o privación de libertad.
·
Promover y fortalecer
la formación y capacitación continua de los diferentes profesionales, técnicos
y actores involucrados en la implementación de acciones para reducir la demanda
de drogas.
·
Implementar programas
para prevenir y disminuir la fabricación ilícita de drogas de origen sintético
y natural.
·
Fortalecer los
organismos nacionales de control del tráfico ilícito de drogas y sus delitos
conexos.
·
Establecer, actualizar
o fortalecer los marcos legislativos e institucionales en materia de control,
prevención, detención, investigación y persecución del lavado de activos.
·
Reafirmar el principio
de cooperación contenido en los instrumentos internacionales para enfrentar el
problema mundial de las drogas, a través de acciones que garanticen su
cumplimiento y efectividad.
·
Medias y acciones
dispuestas con anticipación con el fin de evitar o impedir que se presente un
fenómeno peligroso para reducir sus efectos sobre la población.
·
Investigar los hechos
de Tráfico Ilícito de Drogas, Tráfico Ilícito de Insumos Químicos y los delitos
de Lavado de Activos.
·
Desarrollar programas
de prevención en el ámbito familiar, considerando la importancia de la familia
como espacio de socialización y aprendizaje primario del ser humano.
CONCLUSIONES:
·
En cuanto a las clases de drogas que existen podemos decir que hay una
gran variedad de ellas, algunas utilizadas como fármacos o analgésicos y otras
que en general son utilizadas de manera ilegal para uso personal. Teniendo en
común que toda droga dependiendo de la dosis en la que se consuma cusas
dependencia de la misma, provocando de esta manera distintas afecciones para la
salud. En particular nuestro ordenamiento jurídico pena a aquellos que trafican
de manera ilegal ciertos tipos de drogas por lo que es indispensable conocer
acerca del tema.
·
En Perú parece haberse desarrollado una
evolución criminal que ha transitado del hurto al crimen organizado. La
expansión de la extorsión como modalidad delictiva ha tenido mucho que ver en
este proceso de aparición, desarrollo y expansión del crimen organizado. Su
crecimiento alcanza niveles exponenciales en el norte del Perú, donde de los 18
megaoperativos realizados contra el crimen organizado 15 están relacionados
directamente con la extorsión. Cabe anotar que la extorsión tiene
submodalidades que van desde el cobro de cupos y cuotas hasta la extorsión
telefónica.
BIBLIOGRAFÍA
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DE CATALUNYA. Obtenido de GENERALITAT DE CATALUNYA:
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de España. (s.f.). Guia sobre Drogas. España: Ministerio de Sanidad y
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https://www.minsa.gob.pe/portalweb/06prevencion/prevencion_7.asp?sub5=5
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Obtenido de MECANISMO DE EVALUACIÓN MULTILATERAL :
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C. (30 de enero de 2018). Crimen organizado. Obtenido de Crimen organizado:
https://www.significados.com/crimen-organizado/#:~:text=El%20crimen%20organizado%2C%20tambi%C3%A9n%20llamado,mediante%20la%20comisi%C3%B3n%20de%20delitos.
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